El Senado de la República aprobó el paquete fiscal para el 2021, pero le enmendó la plana a la Cámara de Diputados pues eliminó el llamado “Big Brother fiscal”, que permitía a la Secretaría de Hacienda a través del SAT grabar y fotografiar el domicilio fiscal de los contraibuyentes y también redujo las tasas de retención a ventas de plataformas digitales que prestan servicios de transporte como UBER, hospedaje como AirBaB o ventas y entregas a través de Internet como Amazón o Mercado Libre.
De esa manera, se eliminó del Código Fiscal de la Federación, que “las autoridades fiscales, podrán utilizar herramientas tecnológicas para recabar imágenes o archivos electrónicos que sirvan como constancia de los bienes y activos que existen en el domicilio fiscal”, lo que había sido denominado como terrorismo fiscal o “Big Brother”.
Asimismo, en la Ley del Impuesto Sobre la Renta, se determinó reducir las tasas de retención a las plataformas digitales que prestan servicios de transporte, hospedaje o ventas y entregas a través de Internet.
Por lo tanto, establecen que la prestación de servicios de transporte terrestre de pasajeros y de entrega de bienes (Uber, Didi y otros), la retención se hará por el 2.1% y no por el 2.8% que proponía Hacienda.
El impuesto para la prestación de servicios de hospedaje como AirBnb, y otras) será de 4% y no de 5% como se establecía; mientras que la retención de impuestos por la enajenación de bienes y prestación de servicios (Amazon, Mercado Libre, entre otras), la retención será por el 1% y no por el 2.4% como propuso el Ejecutivo a través de la Secretaría de Hacienda.
En la Ley de Ingresos, precisaron que el Instituto de Salud para el Bienestar, instruirá a la institución fiduciaria del Fondo de Salud para el Bienestar para que, a más tardar el 1 de abril de 2021, concentre en la Tesorería de la Federación la cantidad de hasta treinta y tres mil millones de pesos del patrimonio de ese Fideicomiso para el cumplimiento de fines en materia de salud.
También “tumbaron” la intención de los diputados de cobrar impuesto a los extranjeros que se encuentren en el país por menos de 7 días.
Con ello se mantiene en la Ley Federal de Derechos la propuesta original de exentar del pago de derechos a los extranjeros que permanezcan en territorio nacional en la condición de estancia de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas que hubiesen ingresado a territorio nacional por vía terrestre, siempre que su estancia en el país no exceda de siete días, es decir que con las modificaciones, los extranjeros sí pagaran derechos.
A pesar de los intentos del Partido Verde y el PRI por evitar el incremento en el costo por el uso del espectro radioeléctrico, al final de mantuvo un incremento a través del “ajuste inflacionario” del 3.5 %, lo que motivó reclamos de la oposición que advirtió que ello puede incrementar el costo de las tarifas de internet y celulares.
De la misma manera y a pesar de las propuestas de senadores de Morena para modificar la disposición en el Impuesto Sobre la Renta que restringe las vías para que organizaciones de la sociedad civil (donatarias autorizadas) obtengan recursos para financiar sus actividades y limita sus acciones a proyectos en los que se puedan facturar todos sus gastos; ésta se mantuvo sin cambio alguno.
La bancada de Morena y sus aliados, tampoco permitieron cambios para evitar que se pague Impuesto al Valor Agregado (IVA) a productos de higiene femenina.