La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una Recomendación 38/2019 al Coordinador General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR), Andrés Alfonso Ramírez Silva, por violar de los derechos de los niños migrantes.
La CNDH detalló que la Recomendación 38/2019 se debe por violaciones a los derechos humanos a la seguridad jurídica, legalidad y al interés superior de la niñez, en agravio de 112 personas solicitantes del reconocimiento de la condición de refugiado.
La comisión indicó que observó que durante el 2017 y 2018, 112 personas solicitaron el reconocimiento de la condición de refugiado ante la COMAR, pero autoridad transgredió su derecho a la seguridad jurídica y legalidad, al no cumplir a cabalidad con lo establecido en la Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político.
“Se evidenció dilación entre la presentación de la solicitud de las personas y la determinación sobre su admisión, al tardar entre uno y ocho meses para determinar si era admitida o no la petición, tiempo durante el cual las personas permanecieron sin documento alguno que acreditara su condición de solicitante de refugio; en varios casos la autoridad dilató entre seis y nueve meses para dictar un acuerdo de prevención para que los solicitantes indicaran el motivo por el cual no presentaron su petición dentro de los 30 días hábiles siguientes a su ingreso a nuestro país”, explicó.
Otra de las violaciones que reportó la CNDH fue la tardanza para que la COMAR aplicará las entrevistas de elegibilidad y de asistencia institucional a los solicitantes, y para quienes si fueron recibidas no se garantizó la cabal comprensión en la comunicación con el entrevistado y no se realizó en lugar adecuado..
Por ello, la CNDH recomendó al Coordinador General de la COMAR reparar los daños causados a las 112 víctimas, incluyendo atención psicológica y asesoría jurídica; colaborar con la CNDH en la queja que presente ante el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Gobernación en contra de cuatro servidores públicos; en los casos en que haya niñas, niños y adolescentes involucrados se atienda el principio del interés superior de la niñez, entre otros.
La Recomendación 38/2019 ya fue debidamente notificada a su destinatario y puede consultarse en la página www.cndh.org.mx