El Pleno del Senado de la República aprobó, con 85 votos en favor, un dictamen que establece que el Instituto Nacional de Migración (INM), podrá solicitar información al Ministerio Público sobre denuncias formuladas en contra de extranjeros, por la presunta comisión de delitos, única y exclusivamente para efectos de control, verificación o revisión migratoria.
Lo anterior, con el objeto de evitar posibles errores de interpretación que deriven en conflictos por invasión de competencias, dejando en claro que el INM no tiene funciones ministeriales y policiacas para recibir e investigar denuncias penales.
“Dentro de las atribuciones del INM no se encuentra la de investigar y perseguir la posible comisión de delitos”, subraya.
La minuta establece que es el Ministerio Público quien debe informar a quien lo solicite, previa identificación, si un extranjero se encuentra detenido en territorio nacional y, en su caso, la autoridad a cuya disposición se encuentra, y el motivo.
Asimismo, precisa que cuando los particulares presenten denuncias ante el INM, éste deberá informarles que no es competente para conocerlas y darles cauce, enviando de forma inmediata al denunciante ante la autoridad facultada para que presente la acusación correspondiente.
Al presentar el dictamen, la presidenta de la Comisión de Asuntos Fronterizos y Migratorios, Bertha Alicia Caraveo Camarena, indicó que la reforma busca precisar la forma de actuar del INM. “Con la aprobación de esta reforma daremos mayor certeza a la actuación del Instituto y dejaremos la facultad jurisdiccional a la autoridad competente”, recalcó.
La senadora Gina Andrea Cruz Blackledge, integrante de la Comisión de Estudios Legislativos, aseguró que los textos normativos deben estar en constante estudio para que, por medio de sus actualizaciones, se brinde total certeza a los procesos administrativos y de competencias gubernamentales.
“Brindar certeza jurídica a todo migrante y defender sus derechos humanos, no sólo es un acto de justicia social, sino una obligación del Estado mexicano”, apuntó la legisladora.
El decreto que reforma el primer párrafo y adiciona un segundo al artículo 93 de la Ley de Migración, fue remitido al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.