La tarde de este jueves, la Cámara de Diputados aprobó la conocida «Ley Olimpia» y fue turnado al Ejecutivo federal para su promulgación.
La reforma a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y al Código Penal Federal fue aprobada sin cambios al proyecto original del Senado, con 434 votos a favor, uno en contra y cero abstenciones.
El dictamen tipifica el delito de violación a la intimidad con una sanción de tres a seis años de prisión. También, una multa de quinientas a mil veces la Unidad de Medida y Actualización que van de los 44 mil 810 a los 89 mil 620 pesos.
“Se aprobó incorporar a la violencia digital, como toda acción dolosa realizada mediante el uso de tecnologías de información y la comunicación por la que se exponga, distribuya, difunda, exhiba, transmite, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios o videos reales o simulados de contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento, sin su aprobación o sin su autorización, y que le cause daño psicológico, emocional, en cualquier ámbito de su vida privada o en su propia imagen”, explicó la diputada de Morena, Rocío Villarauz.