El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) definió este miércoles criterios que prohíben en las conferencias del presidente Andrés Manuel López Obrador o, de cualquier otro funcionario, difundir logros de gobierno, datos o estadísticas de actividades o programas de gobierno.
El único contenido que se puede emitir en las conferencias deberá ser de carácter institucional y deberá abstenerse de incluir frases, imágenes, voces o símbolos que puedan considerarse propaganda política o electoral.
Además, deberá tener fines informativos tales como: servicios educativos, de salud o de protección civil en caso de emergencias.
También, por unanimidad de votos el pleno del Tribunal Electoral determinó que los mensajes de los 100 primeros días del presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, así como los informes de gobierno de abril y junio de 2019, corresponden a la definición de propaganda por su naturaleza jurídica.
Además de que son actos violatorios de la Constitución en tiempos electorales.