El senador Ricardo Monreal dio a conocer que presentará una iniciativa para unificar la tipificación del feminicidio en todo el país.
Se trata, abundó, de incluir un título V en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, donde se establezca de manera clara y uniforme para todo el país la tipificación del feminicidio, así como las sanciones y perspectiva de género en su investigación y enjuiciamiento.
De está manera, comete el delito de feminicidio “quien prive de la vida por razones de género a una mujer o a una persona por motivos de su identidad de género como mujer”.
Se considerará que existen razones de género o por motivo de la identidad de género, cuando la víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo, se le hayan infligido lesiones o mutilaciones previas o posteriores a la privación de la vida, haya actos previos de violencia del sujeto activo en contra de la víctima, ya sea en el ámbito familiar, laboral, profesional, escolar o social, entre otras.
También cuando haya existido o exista, entre el sujeto activo y la víctima, una relación personal de índole sentimental, afectiva, de amistad o de confianza, si la víctima fue incomunicada, con o sin ánimo de lucro, cualquiera que haya sido el tiempo previo a la privación de la vida, y cuando el cuerpo sea arrojado o depositado en un lugar público.
La iniciativa sugiere que a quien cometa el delito de feminicidio se le impondrán de 40 a 60 años de prisión y de 750 a mil 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
Quien cometa feminicidio perderá todos los derechos con relación a la víctima y ofendidos, incluidos los de carácter familiar y sucesorio, así como aquellos relacionados con los hijos en común.
Además, las penas se incrementarán hasta en un tercio, cuando un servidor público, aprovechándose de su encargo, interviene en la realización de esta conducta delictiva, y cuando la víctima fuere una persona menor de edad, estuviere embarazada, presentare algún tipo de discapacidad o perteneciere a un pueblo o comunidad indígena.
La propuesta del coordinador de los senadores de Morena establece penas al servidor público que retarde, entorpezca maliciosamente o por negligencia, la procuración o administración de justicia se le impondrá prisión de tres a ocho años y de 750 a 2 mil doscientos 50 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, además, será destituido e inhabilitado de tres a 10 años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.
Finalmente, y con el fin de preservar la evidencia que pudiera revelar nuevas líneas de investigación para el esclarecimiento de los hechos, el Ministerio Público prohibirá, estrictamente, la cremación de todo cadáver respecto del que se presuma la comisión de un feminicidio.