MÉXICO, 11 de marzo de 2022.- La reforma a la Ley de Instituciones de Crédito, publicada el día de hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF), que establece la garantía de audiencia de las personas incluidas en la lista de personas bloqueadas, prevista en el artículo 115 de ese ordenamiento, redundará en una mayor seguridad jurídica.
La Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público reproduce el decreto por que se reforma la denominación del Título Quinto y se adiciona un capítulo V al Título Quinto de la Ley de Instituciones de Crédito, mismo que puede consultarse en la siguiente liga:
https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5645369&fecha=11/03/2022