De los resultados con observaciones, se desprenden dos tipos de acciones por parte de la Auditoría Superior de la Federación (ASF): tres pliegos de observaciones, en los que el auditor determinó un monto de 7,550,000 pesos pendientes por aclarar, el cual constituye 0.02% del presupuesto ejercido (35,000 millones de pesos); cinco promociones de responsabilidad administrativa sancionatoria, en los que la ASF le pide al Órgano Interno de Control en la Secretaría de Economía abrir una investigación ante indicios de irregularidades sin efectos patrimoniales, y tres recomendaciones de mejora.
Actualmente, estamos dentro del plazo legal para aclarar al área de seguimiento a la ASF los montos relacionados con los pliegos de observaciones; se tiene la información necesaria y el soporte documental suficiente para resolver los pliegos en tiempo y forma. En cuanto a las promociones de responsabilidad administrativa, se cuenta también con información y evidencia documental para acreditar que en todo momento la ejecución del programa estuvo debidamente apegada a la normatividad vigente.
Por otro lado, aclaramos imprecisiones publicadas en algunos medios de comunicación.
En una nota informativa del 20 de febrero, en el portal de Milenio, se publicó lo siguiente: “ASF: SE no aclaró 7 mil mdp en programa de apoyo a microempresas”. Al respecto, se aclaró al diario que dicha información es incorrecta, ya que en el informe individual de la auditoría al Programa de Apoyo Financiero a Microempresas Familiares se identifica claramente que se determinaron 7,550,000.00 (7 millones 550 mil) pesos pendientes por aclarar.
En este sentido, la Secretaría de Economía cuenta con elementos y evidencia documental suficiente para aclarar dicho monto, por lo que se iniciarán los trabajos con el área de seguimiento de la ASF, a fin de presentar y concluir las aclaraciones a la mayor brevedad posible y dentro del plazo que establece la Ley.
En tanto, el portal de El Universal publicó el 20 de febrero que, en el programa “Registraron muertos”. Al respecto, se reitera que es incorrecto afirmar que se registraron personas fallecidas, ya que la ASF efectuó un cruce de la Clave Única de Registro de Población (CURP) de una muestra de personas que se incluyeron en las bases de datos de dispersión del programa, con los registros de CURP de la autoridad competente, es decir, el Registro Nacional de Población (RENAPO). Como resultado, la ASF identificó inicialmente que 558 personas tenían su CURP con estatus de cancelada por fallecimiento conforme a los registros de RENAPO.
Con esta información la Secretaría de Economía verificó en sus bases de datos y expedientes y acreditó a la ASF que, de las 558 personas, 290 no cobraron los apoyos y los mismos fueron reintegrados a la TESOFE; asimismo, para el resto de las personas, se comprobó a la ASF que acudieron a las sucursales bancarias respectivas a activar su cuenta, firmar sus contratos y disponer del apoyo. De este modo, la solventación aceptada por la ASF consistió en demostrar que ninguna persona que hubiera fallecido tuvo acceso al apoyo del programa.