El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó a la Secretaría de Gobernación (Segob) entregar versión pública de los documentos que obran en la averiguación previa, la carpeta de investigación y las causas penales relacionadas con el caso Atenco, en el que mujeres sufrieron violaciones graves a los derechos humanos, en 2006.
Asimismo, deberá proporcionar el plan de capacitación para oficiales de la Policía Federal (actual Guardia Nacional), así como del observatorio independiente.
La Comisionada Josefina Román Vergara señaló que el 28 de noviembre de 2019, en un acto histórico, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), a través de la resolución dictada en el Caso: Mujeres víctimas de tortura sexual en Atenco vs México, declaró la responsabilidad del Estado Mexicano por las graves violaciones a derechos humanos cometidas en contra de 11 mujeres que sufrieron detenciones ilegales y arbitrarias, tortura física, psicológica y sexual, y falta de acceso a la justicia, en el mes de mayo del año 2006.
En este contexto, una persona solicitó a la Secretaría de Gobernación diversos contenidos de información relacionados con los avances que ha tenido el Estado Mexicano en relación con la sentencia emitida por el Supremo Tribunal Interamericano, en el marco del caso Atenco.
En respuesta, la dependencia informó que la sentencia es atendida por diversas instancias del Estado Mexicano a través de las autoridades competentes en las jurisdicciones local y federal, y señaló que la Corte Interamericana se ha pronunciado sobre el seguimiento y cumplimiento de los resolutivos en contra de nuestro país; al efecto, le indicó el vínculo donde podría consultar dicho seguimiento.
Lo anterior, motivó un recurso de revisión en el que la persona recurrente impugnó la respuesta otorgada, ya que consideró que no corresponde con lo solicitado.
En efecto, la ponencia a cargo de la Comisionada Josefina Román Vergara verificó que la liga de internet a la que orientó el particular no contiene los avances solicitados, sino que remite a la Resolución de Cumplimiento del 07 de octubre de 2019, en la que se tuvo por ejecutado el reintegro al Fondo de Asistencia; por lo que resultó fundado el agravio del solicitante.
Román Vergara explicó que lo que inició como un conflicto entre floricultores de San Salvador Atenco, Estado de México, y las policías estatal y municipal, desató una serie de bloqueos carreteros, marchas y enfrentamientos entre inconformes y policías que dejaron un saldo de dos muertos y 191 detenidos, de los cuales 183 denunciaron abusos policiales y 31 de las 50 mujeres detenidas denunciaron abusos sexuales, todos ocurridos durante su detención y traslado.
Añadió que, con base en lo anterior, y analizando los hechos, las pruebas -peritajes, declaraciones, denuncias y demás actuaciones a la luz de los derechos humanos tutelados en la CIDH-, se determinó que existieron, entre otras, violaciones graves a los derechos fundamentales de las víctimas, como discriminación y tortura, así como violencia física, psicológica y sexual, incluyendo actos de tortura, sufridos por 11 mujeres víctimas de este caso, “desde el punto de vista de esta Ponencia, se debe priorizar el derecho a saber tratándose de afectaciones graves de derechos humanos, respecto de cualquier reserva posible”.
“Esta resolución es referente para que impere el derecho de acceso, toda vez que es necesario y relevante que la sociedad pueda conocer la información de interés ante un asunto de gran y lamentable trascendencia, en el que participaron quienes fueran servidores públicos y que operaron fuera del principio de legalidad”, destacó.
Al manifestar su sororidad y empatía con las mujeres que fueron torturadas, insultadas, violentadas física y sexualmente, Román Vergara subrayó que “su lucha ha sido un avance trascendental para alcanzar el México al que aspiramos: Un México más seguro e igualitario para las mujeres y niñas”.
“Al haberse privilegiado el acceso a la información, por tratarse de violaciones graves a los derechos fundamentales de las víctimas, es imperioso conocer el avance de México en materia de protección a Derechos Humanos y, en particular, del grado de cumplimiento a la sentencia dictada en el Caso: Mujeres víctimas de tortura sexual en Atenco vs México, lo que puede traducirse en un beneficio a la sociedad, pues ésta puede exigir la amplia protección a sus derechos”, acotó.
La Comisionada del INAI refrendó que casos como éste marcan la diferencia, “pues visibilizamos y refrendamos el apoyo a las mujeres y niñas sobrevivientes de casos de violencia para que permanezcan a salvo y sin violencia”.
El Pleno del INAI revocó la respuesta de la Secretaría de Gobernación y le instruyó entregar al particular la versión pública de las documentales que obran en la averiguación previa, carpeta de investigación y en las causas penales, donde se teste solamente datos personales, distintos a los que ya se encuentran publicados en la sentencia de mérito; remitir el plan de capacitación para oficiales de la Policía Federal (actual Guardia Nacional), así como del observatorio independiente, así como emitir un acta del Comité de Transparencia en la cual se confirme la inexistencia del acto público y las becas otorgadas; así como la incompetencia aludida.