¿Se aprobó la militarización del país? Durante su conferencia mañanera, el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) firmó este 30 de septiembre el decreto de reforma a la Guardia Nacional y la de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanos.
En la firma del decreto estuvieron presentes Luisa María Alcalde Luján, presidenta de Morena y Luis Cresencio Sandoval, titular de la Secretaría de la Defensa Nacional.
Pasadas las 16:00 horas (tiempo local) del domingo 29 de septiembre, el Senado de la República declaró la validez de la reforma para el traspaso de la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).
Tras la sesión del domingo 29 de septiembre, la Cámara Alta declaró la constitucionalidad de la reforma que presentó el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) el pasado mes de febrero, por lo que se remitió a la Cámara de Diputados .
Horas más tarde, la Cámara de Diputados declaró la constitucionalidad de la ley, por lo que corresponde al Ejecutivo continuar con el proceso legislativo.
En la sesión únicamente estuvieron legisladores del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), el Partido del Trabajo (PT) y el Partido Verde Ecologista de México (PVEM).
En una breve sesión y con la ausencia de 42 legisladores de oposición, se validó la reforma, tal como lo explica el artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM).
Para llegar a esto, se tuvo que esperar a que los Congresos locales aprobaran la reforma; 26 de éstos lo hicieron:
- Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Chihuahua, Ciudad de México, Colima, Durango, Guerrero, Hidalgo, Estado de México, Michoacán, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y Zacatecas.
Reforma constitucional en materia de pueblos indígenas y afromexicanos
A la par, el Senado también declaró válida la reforma al artículo 2 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con la cual se reconoce a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas como sujetos de derechos público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, así como con respeto a los derechos humanos.
Fuente: ADN 40