Los diputados de la LXIII Legislatura del estado de Zacatecas aprobaron la nueva Ley que regula el uso de cubrebocas y demás medidas para prevenir la trasmisión de la enfermedad Covid-19.
Los legisladores aprobaron este jueves dicha ley con algunas modificaciones a la iniciativa original enviada por el gobernador Alejandro Tello el pasado martes, entre las que destacan:
– Se reduce la multa máxima para quienes no porten el cubrebocas a 10 veces la Unidad de Medida y Actualización, lo que equivale a $868 pesos, pudiendo ser el doble en caso de reincidencia.
– Se reduce el tiempo para los arrestos administrativos que se lleven a cabo pasando de 36 a 12 horas como máximo.
-Se modifica el texto original presentado por el Poder Ejecutivo para agregar el TRABAJO COMUNITARIO como sanción por el incumplimiento de las medidas sanitarias, particularmente el uso del cubrebocas.
Con la aprobación de esta LEY se establece ya la obligatoriedad de utilizar cubrebocas en vías y espacios públicos o de uso común, cerrados o al aire libre; en el interior de establecimientos ya sea de comercio, industria o servicios; en los centros laborales públicos o privados; en los lugares de culto religioso; en los medios de transporte de pasajeros ya sea como usuario o conductor; en los establecimientos que elaboren o manipulen alimentos; en consultorios, hospitales o centros de salud, públicos o privados.