Por unanimidad de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), avaló los criterios elaborados por el Instituto Nacional Electoral (INE) para evitar la sobrerrepresentación de diputados de representación proporcional.
Así, ningún partido podrá contar con un número de diputadas y diputados por los dos principios de representación existente mayor a 8 por ciento de la votación nacional emitida.
La medida va dirigida principalmente a los partidos coaligados.
Magistradas y magistrados coincidieron en que el INE no se excedió en sus funciones al emitir los criterios, que fueron impugnados por Morena y el Partido Encuentro Social.
Añadieron que se trata de evitar la distorsión en la fórmula para la distribución de curules.